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El (ya no tan) nuevo permiso de conducción por puntos es, a día de hoy, un quebradero de cabeza para algunos. Este se puede retirar si se dan reiteradas infracciones relacionadas con la seguridad vial. En este caso, para volver a circular necesitarías recuperar el carnet de conducir. ¿Cómo? Esta es una de las cosas que aún algunas personas no saben y que hoy explicaremos.

¿Cómo se recuperan los puntos del carnet?

El carnet por puntos tiene truco y no iba a ser, por supuesto, una cuenta atrás en la que una vez que se agotan todos no podemos volver a manejar un vehículo; podemos hacerlo, pero hay que cumplir una serie de requisitos para ello.

La pérdida de puntos es una sanción que se da junto con una multa económica cuando se infringe el Reglamento de Circulación. Dependiendo de la gravedad de esta se retirarán más o menos puntos, hasta seis, y hasta poder llegar al punto de quedarnos sin ninguno si acumulamos sanciones. Puedes perder puntos por todo tipo de infracciones; ya vimos que entre las multas de tráfico más frecuentes en nuestro país se encuentran varias que incluyen también una sanción de pérdida de puntos.

Recuperar los puntos del carnet es posible realizando una serie de cursos

Algunos ejemplos de pérdida de puntos:

2 PUNTOS

3 PUNTOS

4 PUNTOS

6 PUNTOS

La consulta de puntos se realiza fácilmente a través de la página web de la Dirección General de Tráfico mediante contraseña clave, certificado digital o con tu propio usuario. Además, podrás ver tus antecedentes relacionados con la conducción y la circulación.

Los chicos de «dondeycuanto.com» nos muestran paso a paso cómo consultar nuestros puntos, a través de este tutorial de su canal de YouTube:

¿Cuál es la mejor opción para recuperar el carnet de conducir?

Vamos a ver las diferentes maneras de que dispones para ponerte al día con la Dirección General de Tráfico.

Los cursos de recuperación te permiten recuperar hasta seis puntos, habiendo cursos parciales, totales y adicionales. Su precio es variable en función del tipo que necesites, siendo, en 2017, de 211,66, 398,45 y 124,51 euros respectivamente.

Este tipo de formación vial de sensibilización y reeducación vial se realizará, como mínimo, cada dos años (o cada año si eres conductor profesional).

Consiste en formación vial de tipología diversa en función del tipo de curso que debamos realizar. El parcial es de 12 horas y el total, de 24. Cualquiera de ellos debe ser cursado en uno o de los centros concertados de la Dirección General de Tráfico.

Otra de las maneras para recuperar el carnet de conducir es simplemente dejar que pase el tiempo. A los 24 meses de no haber perdido puntos se vuelven a tener, sin tener que realizar ningún trámite, 12 puntos. La excepción viene dada por las infracciones consideradas muy graves (con retirada de seis puntos). Si cometiste alguna tendrás que dejar pasar 36 meses en lugar de 24.

Si has llegado a perder todos tus puntos de carnet, la solución pasa por realizar una prueba teórica en la Jefatura de Tráfico de tu ciudad. Esta podrá llevarse a cabo tras realizar un curso completo de sensibilización y reeducación vial al que podrás inscribirte seis meses después de que la Jefatura Provincial de Tráfico te notifique la pérdida del permiso de circulación. En el caso de conductores profesionales, la espera se reduce a la mitad, pudiendo comenzar la formación a los tres meses de notificarse la situación.

Recordar que, además del precio del propio curso, es necesario pagar las tasas propias de la prueba que se realiza.

Te contamos cómo recuperar el carnet, si has perdido todos los puntos

Conducir sin carnet

Llegados a esta situación, habrá quien tenga en la cabeza la idea de conducir sin puntos con la esperanza de que la sanción sea menor que el coste que tiene recuperar el carnet de conducir. Nada más lejos de la realidad.

Ponerse al volante en esta situación no es una infracción vial sino un delito que se tipifica en el artículo 384 del Código Penal. Esto significa que la sanción incluye pena de cárcel de 3 a 6 meses, trabajos para la comunidad hasta 30 días o multas que van de los 12 a los 24 meses. Son las circunstancias propias de cada situación las que determinarán el tipo de pena, impuesta subjetivamente por un juez que dicta sentencia.

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